COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA
COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA
La Secretaría de Educación de Norte de Santander quiere dar claridad a la opinión
pública, y en especial a la comunidad educativa de la Institución Fray José María Arévalo
del municipio de la Playa, sobre el proceso de provisión mediante encargo del cargo de
rector para el establecimiento.
- A través de la Resolución No. 3951 del 25 de julio de 2022 la Secretaría de
Educación dio a conocer la convocatoria para la provisión, mediante encargo, de
los cargos de Directivos-Docentes vacantes definitivas y temporales
pertenecientes a la planta global del sector educación del Departamento Norte
de Santander. Convocatoria en la que se presentó la vacante definitiva al cargo
de Rector de la Institución Educativa Fray José María Arévalo.
- La figura de ENCARGO aplica para la provisión de vacantes definitivas o
temporales de cargos de directivos docentes (Rector, Director Rural y
Coordinador), consiste en la designación transitoria de un educador con
derechos de carrera, sea regido por el Decreto 2277 de 1979 o por el Decreto
1278 de 2002, previa convocatoria y publicación de las vacantes.
- En el Parágrafo 1. Quienes aspiren al cargo de Rector deberán cumplir con los
siguientes requisitos de formación y experiencia conforme al manual de
funciones, se tendrá en cuenta en estricto orden (director rural, coordinador
docente):
EXPERIENCIA MÍNIMA: Seis (6) años de experiencia profesional, Ios
cuales puede acreditar en alguna de las siguientes:
Seis (6) años en alguno de los cargos de directivos docentes (artículo
129 de la ley 115 de 1994 o artículo 6 del decreto ley 1278 de 2002) o en
cargos de docente de tiempo completo en cualquier nivel educativo y tipo
de establecimiento educativo, oficial o privado.
Cinco (5) años en cargos de directivo docente (artículo 129 de la ley 115
de 1994 o Articulo 6 del decreto ley 1278 de 2002) o en cargos de docente
de tiempo completo en cualquier nivel educativo y tipo de institución
oficial o privada y, un (1) año en otro tipo de cargos en los que haya
cumplido funciones de administración de personal, finanzas o planeación
de instituciones educativas oficiales o privadas de cualquier nivel
educativo o del sector educativo.
Cuatro (4) años en cargos de directivo docente (artículo 129 de la ley 115
de 1994 o artículo 6 del decreto ley 1278 de 2002), o en cargos de
docente de tiempo completo en cualquier nivel educativo y tipo de
institución oficial o privada y dos (2) años de experiencia en otro tipo de
cargos de docentes en los que haya cumplido funciones de
administración de personal, finanzas o planeación de instituciones
educativas oficiales o privadas y cualquier nivel educativo o del sector
educativo.
- Una vez revisadas las hojas de vida de los postulados Miguel Roberto Claro
Ropero y Álvaro José Molina Barragán, ésta entidad decide designar en el
encargo al señor Álvaro José Molina Barragán por cuanto ha acreditado mayor
experiencia como directivo docente y la obtención de reconocimientos por su
labor.
- Cabe resaltar que esta designación es de carácter transitorio teniendo en cuenta
que se trata de una vacante definitiva que debe ser ocupada como resultado de
un concurso de méritos o por convocatoria de traslados ordinarios a rectores en
propiedad.
- La vacante definitiva de rector de la institución Educativa Fray José María
Arévalo será postulada en la convocatoria de traslados ordinarios en los meses
de octubre y noviembre de la presente anualidad.
Desde la Secretaría de Educación de Norte de Santander invitamos a los miembros del
Consejo de Padres de Familia de la Institución a que utilicen los canales del diálogo
para exponerles y explicarles en detalle los resultados de la convocatoria.


