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Conductores en Colombia ya no están obligados a portar licencias en físico, pero deben tener sus documentos al día

Imagen de referencia - El Min. de Transporte confirmó que los conductores en Colombia ya no están obligados a portar en físico la licencia de conducción ni la licencia de tránsito, pues los agentes de tránsito pueden verificar esta información directamente en las plataformas digitales del (RUNT) / Foto: El Carro Colombiano
Imagen de referencia – El Min. de Transporte confirmó que los conductores en Colombia ya no están obligados a portar en físico la licencia de conducción ni la licencia de tránsito, pues los agentes de tránsito pueden verificar esta información de manera digital / Foto: El Carro Colombiano

El Ministerio de Transporte confirmó que los conductores de vehículos y motocicletas en Colombia ya no están obligados a portar en físico la licencia de conducción ni la licencia de tránsito, pues los agentes de tránsito pueden verificar esta información directamente en las plataformas digitales del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) y otras bases oficiales.

Sin embargo, las autoridades precisaron que esta medida no exime a los ciudadanos de mantener sus documentos vigentes y correctamente registrados. En caso de que la información no esté al día, los conductores podrán ser sancionados. Según el secretario de Movilidad y Transito de Ocaña, Enrique Noguera, el llamado es a cumplir con el seguro obligatorio, la revisión técnico-mecánica y el debido traspaso de los vehículos, pues de no hacerlo los propietarios pueden enfrentar comparendos, altos costos médicos en caso de accidentes o incluso procesos judiciales.

Con esta decisión se busca avanzar en la digitalización de los trámites, reducir el uso del papel y facilitar los procedimientos en materia de tránsito, garantizando al mismo tiempo la responsabilidad de los ciudadanos frente a sus obligaciones legales y de seguridad vial.

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